24 de Abril de 2024
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La CEAPP no fue la voz de los callados.
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2016-12-01 - 15:11
¿Cómo puede un órgano ilegitimo continuar funcionando?.
Reformulo la pregunta:
¿Es la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (CEAPP), en Veracruz, ilegítima?.
Vamos por partes:
Este organismo se constituyó el 18 de diciembre de 2012; ocho meses después del asesinato de la periodista Regina Martínez, estrangulada en su domicilio de Felipe Carrillo Puerto, en la ciudad de Xalapa y, presumiblemente, torturada.
Las acciones emprendidas por el gobierno de Javier Duarte, fueron ensuciando la investigación del caso: desde hacer filtraciones asegurando que la causa de su deceso fue un asunto pasional; hasta sustentar toda una investigación en solo un elemento: la “confesión” de uno de los acusados.
De ese penoso periodo, la única certeza que hoy tenemos es que el ADN encontrado en la escena del crimen no coincide con quienes fueron acusados por la fiscalía.
También sabemos que a la crisis política y de credibilidad que le devino a Javier Duarte por éste asesinato y, de otros cuatro periodistas (entre el 28 de abril al 14 de junio del 2012), se le buscó una salida: la creación de la CEAPP.
Y es evidente que tampoco eso resultó. Es decir, la CEAPP tampoco sirvió para contener el daño a su imagen demeritada, para ese momento, a nivel internacional.
El crimen de Regina fue repudiado por la UNESCO, el gobierno de Francia, Reporteros Sin Fronteras, Comité para la Protección de los Periodistas, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, etc.
Pero la CEAPP guardó silencio, por los asesinatos que ocurrieron antes y por los que se dieron después de su aparición.
Y su silencio se dio mientras que muchos reporteros tampoco podían hablar.
No fue la voz de los callados.
No fue la voz de un gremio.
No fue una voz.
No fue La Voz.

Regresemos a la segunda pregunta: ¿Es la Comisión Estatal para la Atención y Protección de Periodistas de Veracruz, legítima?.
El concepto de legitimidad indica la aceptación, por parte de una colectividad institucional-administrativa-social, de una acción, opinión, entidad, movimiento social, cultural, científico y político. Existen dos vertientes al respecto: La legitimación institucional y la social.
La CEAPP tiene la legitimación institucional dado que se basa en un marco legal, conformado por el artículo 67 fracción V de la Constitución de Veracruz.
Aún con esa legitimación institucional no cumple con lo planteado en sus atribuciones, que especifica el Artículo 3 de la Ley de dicha comisión: la protección de periodistas.
La facultad más importante de la Comisión es la de otorgar las medidas de protección que estime conveniente; sin embargo, al carecer de medios propios para brindar protección, esto viene a significar que debe solicitar a la fiscalía o a la Secretaría de Seguridad Pública que vigilen a los periodistas reclamantes, y dado que en gran cantidad de ocasiones el acoso y/o agresiones a éste gremio provienen del propio gobierno, esto se traduce en pedir a las propias instituciones victimarias que protejan a la víctima.
Sumado a esto, el hecho de que sea el gobernador quien nombre a los comisionados y al secretario ejecutivo de la CEAPP con la aprobación de dos terceras partes del Congreso, impide un ejercicio critico e imparcial por parte de sus integrantes.
Finalmente, la independencia financiera que legalmente debe tener la Comisión, se ve contrapuesta con la atribución de la Secretaría de Finanzas y Planeación del gobierno del estado, para administrar los recursos antes de que sean otorgados a las entidades, lo que permite al Ejecutivo premiar o castigar a la CEAPP basándose en su propio criterio.
En cuanto al concepto de legitimación social, éste tiene que ver con el aval de la polis. Se da la aceptación si solo un punto de vista, propuesta, iniciativa política, científica, filosófica y religiosa es congruente para con su paradigma (modelo a seguir) de su periodo histórico.
Por paradigma se debe entender el conjunto de creencias previamente aceptadas por la comunidad, las cuales son la base de los diferentes cursos de acción de los ciudadanos que conforman un sector geográfico.
Basándonos en esto, ¿los periodistas avalamos el 28 de diciembre de 2012 la conformación de la CEAPP?.
¿Qué parte no legitimamos?, ¿qué se nos diera un órgano a cambio de la verdad sobre la muerte de los periodistas, de Regina Martínez?.
¿Qué se nos diera un órgano conformado por incondicionales de un gobernador, que el gremio de periodistas veracruzanos y mexicanos vimos con sospecha desde un principio?.
Y esto me hace retomar la primer pregunta: ¿Cómo puede un órgano ilegitimo continuar funcionando?.
Mi respuesta es no puede.
No debe seguir funcionando.
La protección a los periodistas no es una cosa menor, cobra importancia al ser representantes del ejercicio de las libertades de expresión y de imprenta, previstas en los artículos 6 y 7 respectivamente de la Constitución federal.
El dejar a los periodistas en la indefensión es permitir que las voces que llegan a la sociedad, se apaguen.
Y no hubo el trabajo adecuado para que la CEAPP cumpliera con su principal cometido, la protección, y eso mantuvo la puerta abierta para que asesinaran a ocho periodistas más después de creada.
Fueron 19 los decesos de periodistas por violencia extrema durante éste sexenio. La mayoría siguen en la impunidad, en esa no justicia alimentada desde el gobierno del estado.
Busquemos, discutamos, propongamos, otros esquemas para proteger las voces de los callados, reprimidos, perseguidos, asesinados: los periodistas.
Pero los cimientos de esa construcción deben ser sólidos.
No legitimemos hoy, lo que un día fue una ofensa.
No legitimemos lo que fue parte de un andamiaje de un esquema represor y sangriento.
No legitimemos lo ilegítimo e ineficaz.
Desaparecerla, es ensimismo, un acto de dignidad.


Posicionamiento presentado durante la Mesa de discusión Nuevo sexenio, ¿CEAPP o no CEAPP?.
Centro de Estudios de la Cultura y la Comunicación de la Universidad Veracruzana.


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